Noticias:Ajuntament de Carlet

2025. Subvenciones destinadas a la Administración local de la Comunitat Valenciana para potenciar proyectos de innovación, dentro del plan de impulso «Territorios innovadores»

15 May 2025
Ayudas establecidas en la Orden 2/2023, de 14 de marzo, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital (DOGV 9558, 21.03.2023), para la concesión de subvenciones destinadas a la Administración local de la Comunitat Valenciana para potenciar proyectos de innovación, dentro del Plan de Impulso «Territorios Innovadores».

Objeto y cuantía La resolución tiene por objeto la aprobación de las ayudas establecidas en la Orden 2/2023, de 14 de marzo, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital (DOGV 9558, 21.03.2023), para la concesión de subvenciones destinadas a la Administración local de la Comunitat Valenciana para potenciar proyectos de innovación, dentro del Plan de Impulso «Territorios Innovadores».

Existen dos programas:

  • Programa I: Programa de apoyo a la ejecución de proyectos de innovación de alto impacto transformador en el municipio. El importe máximo total del programa es de 2.000.000 euros. El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 150.000 euros.
  • Programa II: Programa de apoyo a proyectos piloto de innovación en el municipio. El importe máximo total del programa es de 1.000.000 euros. El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 75.000 euros.

Beneficiarias Podrán ser entidades beneficiarias los municipios y mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana, así como organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de estas.

Tipo y cuantía de las ayudas Las ayudas se estructuran en los dos programas establecidos en la base primera de la orden de bases:

1. Tipo y cuantía de las ayudas del programa I: Programa de apoyo a la ejecución de proyectos de innovación de alto impacto transformador en el municipio. El importe máximo total del programa es de 2.000.000 de euros. Este programa se estructura en tres líneas en base a criterio de población: número de habitantes del municipio considerando como referencia las últimas cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a la fecha de publicación de esta resolución.

- Línea A: Municipios con una población desde 50.001 habitantes con un importe máximo de 150.000 euros.

-Línea B: Municipios con una población entre 10.001 habitantes y 50.000 habitantes con un importe máximo de 600.000 euros.

-Línea C: Municipios con una población hasta 10.000 habitantes con un importe máximo de 1.250.000 euros.

Cuantía de las ayudas: se establecen los siguientes porcentajes de la cuantía de la ayuda con respecto al total de los gastos subvencionables:

- Línea A: el tanto por ciento será el 50 % del gasto subvencionable.

- Línea B: el tanto por ciento será el 75 % del gasto subvencionable.

- Línea C: el tanto por ciento será el 95 % del gasto subvencionable.

El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 150.000 euros.

2. Tipo y cuantía de las ayudas del programa II: Programa de apoyo a proyectos piloto de innovación en el municipio. El importe máximo total del programa es de 1.000.000 de euros. Este programa se estructura en tres líneas en base a criterio de población: número de habitantes del municipio considerando como referencia las últimas cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a la fecha de publicación de esta resolución.

- Línea A: Municipios con una población desde 50.001 habitantes con un importe máximo de 100.000 euros.

- Línea B: Municipios con una población entre 10.001 habitantes y 50.000 habitantes con un importe máximo de 250.000 euros.

- Línea C: Municipios con una población hasta 10.000 habitantes con un importe máximo de 650.000 euros.

Cuantía de las ayudas: se establecen los siguientes porcentajes de la cuantía de la ayuda con respecto al total de los gastos subvencionables:

- Línea A: el tanto por ciento será el 50 % del gasto subvencionable.

- Línea B: el tanto por ciento será el 75 % del gasto subvencionable.

- Línea C: el tanto por ciento será el 95 % del gasto subvencionable.

El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 75.000 euros.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat correspondiente a este trámite, en la siguiente URL: 

2. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 26 de abril al 15 de mayo de 2025.  

+Info